RIESGOS PROFESIONALES
RIESGOS PROFESIONALES
Se corresponde con la 3ª FASE del Dossier de campo. Una vez elaborada la infografía número 02 de Factores de riesgos, se pasa a la infografía número 03 RIESGOS PROFESIONALES ESPECÍFICOS E INESPECÍFICOS.
Para ello los alumnos/as:
Deben realizar la evaluación de riesgos laborales tanto de su futuro puesto de trabajo, como de aquellos equipos de trabajo, herramientas, instrumentos o métodos de trabajo que utilizarán en el desarrollo de su profesión, dentro de su sector, entorno profesional y aula-taller del centro educativo. Para llevarla a cabo podéis pinchar en los enlaces siguientes:
Como información y ayuda:
Los riesgos se pueden clasificar en función de los factores de riesgo existentes en el ámbito laboral y que se ha explicado en el apartado número 02
Según la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), se entiende como “RIESGO LABORAL” la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Para calificar un riesgo desde el punto de vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que se produzca el daño y la severidad del mismo.
Puedes consultar este enlace al art. 4 LPRL
Una correcta gestión de la seguridad y salud en el trabajo, tiene como base la evaluación de riesgos.
La LPRL impone al empresario la obligación de:
- Planificar la acción preventiva a partir de una evaluación inicial de riesgos.
- Evaluar los riesgos a la hora de elegir los equipos de trabajo, sustancias o preparados químicos y del acondicionamiento de los lugares de trabajo. (art. 14 y 16 LPRL)
Según el art. 3 RSP, "La evaluación de los riesgos laborales es el proceso dirigido a estimar la magnitud de aquellos riesgos que no hayan podido evitarse, obteniendo la información necesaria para que el empresario esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la necesidad de adoptar medidas preventivas y, en tal caso, sobre el tipo de medidas que deben adoptarse" (art. 3 RSP)
Es la base sobre la que el empresario ha de asentar la planificación de toda su política de seguridad laboral.
Respecto al método de evaluación de los riesgos, no existe un único método de evaluación de riesgos que sea válidamente universal para todas las variadas situaciones que se pueden presentar en las empresas. La empresa debe elegir el método o los métodos más adecuado a sus características (de entre los que existen) previa consulta a los trabajadores.
En este sentido, el INSST, ha diseñado un método de evaluación de riesgos con una metodología más sencilla pero suficiente para su aplicabilidad a la mayoría de puestos de trabajo.
Se compone de las siguientes fases:
- Clasificación de las actividades de trabajo. Es un paso preliminar a la evaluación de riesgos que consiste en elaborar una lista de actividades laborales agrupándolas para facilitar el proceso de análisis. Se obtiene información sobre las tareas, el lugar de realización, las personas que desarrollan el trabajo, los equipos…
- Análisis de riesgos, que se compone a su vez, de 3 etapas:
- 1. Identificación de peligros (físicos, químicos, biológicos, mecánicos, incendios…).Para llevar a cabo la identificación de peligros hay que preguntarse tres cosas:
¿Existe una fuente de daño?
¿Quién (o qué) puede ser dañado?
¿Cómo puede ocurrir el daño? - 2. Estimación del riesgo:
Para cada peligro detectado se estima el riesgo, determinando la potencial severidad del daño (consecuencias) y la probabilidad de que ocurra el hecho.
Para determinar la potencial severidad del daño debe considerarse por un lado, las partes afectadas; y por otro, la naturaleza del mismo, distinguiendo las siguientes consecuencias.
- Ligeramente dañino: daños superficiales cortes, golpes, molestias e irritaciones...
- Dañino: fracturas menores, quemaduras, dermatitis, sordera, asma…
- Extremadamente dañino: amputaciones, cáncer, fracturas mayores...
Para determinar la probabilidad de que ocurra el daño distinguimos:
- Probabilidad alta: el daño ocurrirá siempre o casi siempre.
- Media: el daño ocurrirá en algunas ocasiones.
- Baja: el daño ocurrirá raras veces.
- 3. Valoración de riesgos: Combinando la severidad del daño esperado y la probabilidad de que éste llegue a producirse, se procede a una valoración del riesgo, tomando decisiones sobre si éste es o no tolerable.
Imagen: INSST
Una vez conocido el nivel de riesgo, el INSST establece una serie de criterios que pueden orientar al empresario a la hora de adoptar decisiones sobre las acciones a desarrollar (mejorar medidas existentes o implantar nuevos controles), así como sobre la prioridad en su ejecución.
Para descargar la INFOGRAFÍA pinchar en el siguiente enlace: